El Juzgado Letrado de Primera Instancia de Ejecución Nro. 2 de la Circunscripción Judicial de Comodoro Rivadavia sito en calle Hipólito Irigoyen Nro. 650, 1er. Piso de ésta ciudad , a cargo del Dr. Eduardo Oscar ROLINHO, Secretaría Nro. 4 a cargo de la Dra. Laura SOTO GIMENEZ, comunica por el término de DOS DIAS en el Boletín Oficial de la Provincia del Chubut y en el diario EL PATAGONICO de ésta ciudad, que en los autos caratulados: CHEVROLET S.A DE AHORRO PARA FINES DETERMINADOS C/LOW LOW JUAN HERNAN Y OTROS S/ EJECUCION PRENDARIA Expte. 1753/22 el Martillero Público José Antonio Quintero, subastará el día 22 de MARZO de 2024 a las 12,30 hs. En Calle Olegario Andrade 644 B° General Mosconi de esta ciudad el siguiente automotor Marca CHEVROLET Tipo: SEDAN 4 PUERTAS Modelo PRISMA JOY 4P 1,4 N LS MT Marca Motor CHEVROLET Nro. GFK064778 Marca Chasis CHEVROLET Nro. 9BGKL69T0JG175524 Dominio AB-755-LR en el estado en que se encuentra CONDICIONES DE VENTA SIN BASE Y AL MEJOR POSTOR. El martillero queda autorizado a percibir el DIEZ (10 %) POR CIENTO de seña cuenta del precio, el CINCO (5%) POR CIENTO de comisión. Impuesto de sellos pertinente UNO PUNTO DOS POR CIENTO (1,2%) sin perjuicio de la eventual repetición si correspondiere a cargo de/los compradores (art.163 del Código Fiscal) DEUDA FISCAL Según informes de la Municipalidad de Comodoro Rivadavia de fecha 28/09/23 no registra deuda en concepto automotor, como así también en la Dirección de Cobros Judiciales y Tribunales de Faltas Nro. 1, Nro. 2 y Nro. 3 El martillero deberá dar estricto cumplimiento al pago del impuesto de sellos, a cuyo fin deberá retener e ingresar el monto correspondiente debiendo presentar el boleto de remate debidamente repuesto al momento de efectuar la rendición de cuentas (art.570 de la Ley XIII Nro.5) Hágase constar en los edictos a publicarse que el comprador deberá dar estricto cumplimiento a los dispuesto por el art.15 del Decreto Ley 6582/58 ratificado por Ley 14467 ( Ley N° 22977) bajo el apercibimiento dispuesto en la misma norma legal. Asimismo, en caso de incumplimiento por parte del comprador, impóngase a la parte actora la carga de comunicar al Registro Automotor respectivo la venta judicial efectuada a los fines de lo dispuesto en el Art. 27 de la norma legal citada. Informes TE. 2974753579. COMODORO RIVADAVIA.
EDICTO DE SUBASTA
Categoria: Varios